El ejercicio clínico se rige bajo los principios de la Práctica Psicológica Basada en la Evidencia (PBE), integrando:
La mejor evidencia empírica disponible en la literatura científica contemporánea.
La experiencia y el juicio clínico especializado.
Las características, valores contextuales, necesidades y objetivos individuales de la persona que consulta.
La comprensión de las dificultades psicológicas se fundamenta en el modelo biopsicosocial, el cual concibe la salud mental como el resultado de una interacción dinámica entre variables neurobiológicas, repertorios conductuales, factores emocionales y el contexto sociocultural de cada persona.
El abordaje técnico prioriza el uso de modelos conductuales y contextuales de última generación (terapias de tercera generación) y la Terapia Basada en Procesos (Process-Based Therapy - PBT):
Análisis Funcional de la conducta: Cada intervención inicia con una evaluación precisa de la función de los comportamientos, identificando qué factores del entorno y de la historia de aprendizaje mantienen o exacerban el malestar, en lugar de limitarse a clasificaciones diagnósticas estáticas.
Procesos de cambio núcleo: La intervención no se restringe a la aplicación rígida de protocolos universales, sino a la modificación dirigida de procesos psicológicos adaptativos (atencionales, cognitivos, afectivos, motivacionales y del self), orientados a promover la flexibilidad psicológica y el ajuste contextual.
Herramientas de tercera generación: Se incorporan estrategias procedentes de marcos como la Terapia de Aceptación y Compromiso (ACT), el Análisis Conductual Aplicado y aproximaciones cognitivo-conductuales contemporáneas, fomentando una vida significativa acorde a los valores personales.
1. Evaluación y Formulación Funcional
Comprensión sistemática del motivo de consulta y variables mantenedoras.
Entrevista clínica, aplicación de instrumentos estandarizados y delimitación de la línea base.
2. Socialización y Devolución
Establecimiento de objetivos y acuerdo terapéutico.
Explicación del análisis funcional, consentimiento de metas y selección conjunta de procesos clave a trabajar.
3. Intervención Basada en Evidencia
Modificación conductual y contextual.
Entrenamiento en habilidades, flexibilización cognitiva, exposición funcional, manejo de contingencias y defusión.
4. Consolidación y Prevención de Recaídas
Generalización de repertorios y cierre gradual.
Monitoreo del progreso, reforzamiento de autonomía y distanciamiento progresivo de las sesiones hasta el alta clínica.
NOM-004-SSA3-2012 (Del expediente clínico): Toda la información de evaluación, notas de evolución y seguimiento se integra y resguarda con el rigor técnico, orden y confidencialidad que establece la normativa nacional.
Consentimiento Informado y Confidencialidad: La persona usuaria de los servicios recibe información clara sobre la naturaleza de la intervención, beneficios esperados, alcances, posibles riesgos y límites legales del secreto profesional de manera previa al inicio del tratamiento.
Perspectiva de Género e Inclusión: La conceptualización de los casos integra un análisis crítico sobre determinantes sociales de la salud, relaciones asimétricas de poder y variables socioculturales, garantizando un espacio libre de discriminación, con apego a los derechos humanos y el respeto irrestricto a la diversidad.
Con apego al rigor deontológico:
La intervención psicológica no sustituye la atención médica o psiquiátrica especializada en casos donde se requiera manejo psicofarmacológico o estabilización biológica prioritaria.
Cuando el análisis funcional o el tamizaje inicial evidencia problemáticas fuera del marco de competencia profesional o que ameritan abordaje interdisciplinario urgente (ej. urgencias psiquiátricas complejas, cuadros neurocognitivos avanzados), se procede a la vinculación y canalización formal con especialistas de las áreas de salud pertinentes.
El presente documento tiene como objetivo establecer el encuadre ético, técnico y operativo bajo el cual se prestan los servicios de atención psicológica clínica individual. La intervención se fundamenta en la Práctica Basada en Evidencia (PBE), el modelo biopsicosocial y las terapias conductuales/contextuales contemporáneas, orientadas al análisis funcional y la modificación de procesos psicológicos adaptativos.
Evaluación Continua: Las primeras sesiones se destinan a la delimitación del motivo de consulta, análisis funcional de la conducta y evaluación psicométrica contextual, con el fin de formular hipótesis clínicas individualizadas.
Colaboración Activa: El éxito del tratamiento requiere una participación activa por parte del/de la consultante, incluyendo la ejecución de tareas inter-sesión, registro de contingencias y asistencia puntual a las citas programadas.
Potenciales Efectos Involuntarios: El proceso de intervención implica la exploración de pensamientos, emociones y experiencias biográficas complejas. Durante fases específicas (como la exposición deliberada o el contacto con eventos privados difíciles), el/la consultante puede experimentar malestar emocional transitorio, inherente al proceso de cambio y flexibilidad psicológica.
Criterio de Terminación y Alta: El tratamiento concluye formalmente cuando se han alcanzado los objetivos terapéuticos consensuados, o bien cuando el/la profesional o el/la consultante determinen de manera justificada la conveniencia del cierre o la derivación interdisciplinaria.
Toda información compartida durante las sesiones orales, evaluaciones psicométricas y notas de evolución es de carácter estrictamente confidencial y se integra en un expediente clínico resguardado conforme a la NOM-004-SSA3-2012.
Límites Legales del Secreto Profesional: En estricto apego al Código Ético y al marco penal y sanitario mexicano, el deber de confidencialidad se quebrantará de forma justificada y proporcional únicamente en las siguientes situaciones:
Existencia de un riesgo inminente, grave y fundamentado de daño hacia la integridad física de el/la consultante (conducta suicida de alta letalidad) o de terceras personas.
Identificación o sospecha fundamentada de abuso físico, psicológico o sexual cometido contra niñas, niños, adolescentes o personas en situación de vulnerabilidad que impida su autodeterminación.
Requerimiento formal y debidamente motivado emitido por una autoridad judicial competente en ejercicio de sus funciones.
Duración y Frecuencia: Las sesiones tienen una duración estándar de 50 a 60 minutos, con la periodicidad acordada en el plan de intervención (habitualmente semanal o quincenal).
Cancelaciones y Reagendas: Toda cancelación o cambio de horario debe notificarse con al menos 24 horas de antelación. Las cancelaciones extemporáneas o inasistencias injustificadas podrán generar el cargo correspondiente por concepto de honorarios de reserva de espacio.
Modalidad a Distancia (Telesalud Mental): En caso de sesiones en línea, el/la consultante es responsable de garantizar un espacio privado, libre de interrupciones, y una conexión a internet estable. Se requiere contar con un plan de contacto para emergencias locales (familiar o red de apoyo y centro de salud más cercano).
El titular de este sitio web y responsable del tratamiento de los datos personales (en adelante, «El Responsable»), con ejercicio profesional en los Estados Unidos Mexicanos, pone a disposición de las personas usuarias el presente Aviso de Privacidad a fin de garantizar el tratamiento legítimo, controlado e informado de sus datos personales.
Para la prestación adecuada de los servicios de valoración e intervención psicológica, se recabarán y procesarán las siguientes categorías de datos:
Datos de Identificación y Contacto: Nombre completo, edad, fecha de nacimiento, número telefónico, correo electrónico, lugar de residencia y contacto de emergencia (nombre y parentesco).
Datos Sensibles (Información de Salud): Antecedentes médicos relevantes, sintomatología física/emocional actual, historial psiquiátrico y farmacológico, registros de dinámica relacional/familiar, resultados de pruebas psicométricas y notas clínicas de evolución técnica.
Nota legal: Por su naturaleza inherente a la salud física y mental, estos últimos se clasifican expresamente como Datos Personales Sensibles, por lo que su tratamiento exige el más alto nivel de seguridad administrativa, técnica y física para evitar su daño, pérdida, alteración o acceso no autorizado.
Los datos personales recabados serán utilizados exclusivamente para los siguientes propósitos:
Finalidades Primarias (Indispensables para el servicio):
Elaboración e integración del expediente clínico psicológico conforme a la NOM-004-SSA3-2012.
Formulación de hipótesis clínicas, análisis funcional de la conducta y diseño de intervenciones terapéuticas basadas en evidencia.
Comunicación directa para la coordinación de horarios, confirmación y recordatorio de sesiones.
Facturación y gestión administrativa de honorarios profesionales.
Finalidades Secundarias:
No se emplean datos personales con fines mercadotécnicos, publicitarios, ni de prospección comercial de terceros.
En caso de utilizar material clínico con fines estrictamente académicos, docentes o de supervisión técnica, este se anonimizará previamente de manera rigurosa para imposibilitar la identificación directa o indirecta del/de la titular.
El Responsable no transferirá sus datos personales a ningún tercero, entidad u organización pública o privada sin su consentimiento previo por escrito, con excepción expresa de los requerimientos judiciales debidamente fundados o las causales de emergencia médica contempladas en el marco legal aplicable.
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Limitación por Conservación Sanitaria: De conformidad con el marco sanitario mexicano (NOM-004-SSA3-2012), la información contenida en el expediente clínico debe conservarse durante un periodo mínimo de cinco (5) años a partir de la última fecha de atención médica o psicológica, por lo que el derecho de Cancelación podrá quedar condicionado al cumplimiento del plazo legal correspondiente.
Procedimiento: Para ejercer sus derechos ARCO o revocar su consentimiento, el/la titular deberá enviar una solicitud por escrito al correo electrónico oficial dispuesto en este sitio, indicando: nombre completo, descripción clara de los datos a los que se refiere y derecho que desea ejercer. La solicitud será atendida en un plazo máximo de 20 días hábiles.